A un mes de su obligatoriedad: Claves para realizar el grabado de patentes
omenzó oficialmente la cuenta regresiva de la obligatoriedad de la exigencia del grabado de vidrios y espejos en vehículos en nuestro país. Desde el 15 de mayo, todo auto, camión o moto, por mencionar algunos ejemplos, deberá contar con sus matrículas inscritas en dichos lugares, tal como lo exige la ley 21.601, y que busca reducir la venta de piezas robadas.
En vista de aquello, desde el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), se entregaron una serie de recomendaciones a tener en cuenta a la hora de realizar este trámite, considerando que actualmente 1 de cada 2 vehículos ya cumple con la norma.
La primera de ellas dice relación con verificar que su automóvil cuente con el grabado correspondiente de vidrios y espejos. Lo anterior, debido a que algunas Plantas de Revisión Técnica han detectado un cumplimiento parcial de la medida, siendo algunos casos, vidrios con la matrícula, pero no así los retrovisores.
“La ley y el reglamento son claras respecto al grabado: 6 vidrios y 2 espejos, como línea base. En tanto, aquellos vehículos que tienen menos, como las motos, sí o sí deben grabar en sus retrovisores. Por lo mismo, revisar previamente que estas piezas cuentan con el grabado, es clave para ir poniéndose al día con la medida”, indicó el ministro del MTT, Juan Carlos Muñoz.
Por otra parte, otra medida importante está vinculada al proceso mismo de solicitar el servicio de grabado de patente: chequear que la matrícula corresponda a la de su vehículo. Para ello, es relevante que solicite a quien vaya a grabar que le presente el prediseño de impresión, a fin de asegurar que su PPU sea la del vehículo.
También, tener claridad sobre el material de sus vidrios y espejos, con el fin de determinar adecuadamente qué técnica es más recomendable para realizar el grabado.
Fiscalización
En cuanto a la fiscalización, es importante destacar que las acciones que permitirán verificar el cumplimiento del grabado, se realizarán en dos instancias. Una, en terreno, a través de los controles que realiza personal de Fiscalización del MTT, o bien, de Carabineros.
Al respecto, el comandante Rodrigo Pérez, de la Prefectura Tránsito de Carabineros de Chile, explicó que “si bien es una normativa que al ser incumplida corresponde una notificación al juzgado policial local, más allá de la infracción, tenemos que reflexionar respecto al fondo de la ley, que es mitigar la oportunidad para aquellos que cometen delitos. En el fondo, estamos ayudando en materias de prevención en seguridad pública. Por lo tanto, el llamado es a aquellos que no lo han hecho que cumplan con la normativa que ya está en vigencia”.
El otro control es el que se realizará en las mismas Plantas de Revisión Técnica, las cuales ya cuentan en sus manuales de inspección visual la incorporación del grabado como elemento a certificar, lo cual se realizará precisamente desde el 15 de mayo.
Cabe señalar que quienes no cumplan con la medida, se exponen a multas de 1 a 1,5 UTM, o bien, a un rechazo en el proceso de obtención de la revisión técnica.
Sobre el grabado
Atención la ley exige los siguientes elementos, vinculados al grabado:
- Que sea permanente. Vale decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)
- Que la letra sea legible, y en formato normal. Es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula.
- En cuanto al tamaño del grabado, la normativa exigirá:
- Para las letras y dígitos de los vidrios, entre 7 y 10 milímetros de altura.
- Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.
Si su vehículo ya cuenta previamente con el grabado, el propio reglamento establece que quedan eximidos de cumplir tamaño, ubicación, y otras características, siempre y cuando ese grabado haya sido realizado de forma permanente, que sea legible, y también, que estén grabados al menos 6 vidrios, además de los 2 espejos laterales.
Y si un vehículo tuviese más vidrios (por ejemplo, un bus o furgón), aplica justamente esa cifra, como mínimo. En tanto, para el caso de aquellos que tuviesen menos vidrios o espejos, aplica la totalidad (como el caso de las motos, específicamente, sus retrovisores).
Recuerda que estos aspectos, también puedes revisarlos en la web especial habilitada por el MTT: https://mtt.gob.cl/grabado-de-patentes
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