Ley Patente Cero: Vehículos nuevos ya no podrán salir de la concesionaria ni transitar sin su patente definitiva

La Cámara de Diputadas y Diputados despachó en su último trámite el proyecto que impide a los vehículos cero kilómetros transitar sin su placa patente única (PPU) definitiva y endurece las sanciones contra los conductores y conductoras que manejan sin esta certificación.

 

 

 

 

 

La iniciativa “Patente 0 Días”, que se enmarca en las diversas acciones que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) está impulsando para mejorar la seguridad en las calles del país, recibió un apoyo unánime, con 129 votos a favor.

 

 

 

 

 

En concreto, la ley que se acaba de despachar –y que está a la espera de su promulgación- elimina la excepción que existe actualmente en la Ley de Tránsito, que permite que los vehículos nuevos circulen sin su patente por un tiempo máximo de cinco días.

 

 

 

 

 

“Este es un gran paso para hacer más seguros los desplazamientos de todas y todos por las calles de nuestro país. En el marco del Plan Calles Protegidas que estamos llevando adelante como MTT, no sólo estamos reforzando las fiscalizaciones a vehículos motorizados en distintas partes del país, sino que fortaleciendo también los cuerpos legales que nos permitan sancionar el incumplimiento de las normas de tránsito, porque esto no es gratis”, señaló el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz.

 

 

 

 

 

En ese sentido, el secretario de Estado remarcó que “conducir es una acción de alta responsabilidad. Por ello es clave que quienes manejen lo hagan con toda su documentación personal y la del vehículo al día, tomando como referencia que, en los últimos años, hemos visto un alza sostenida de eventos infraccionales que involucran a vehículos sin su patente única, algo que como país tenemos que revertir”.

 

 

 

 

 

“Circular sin patente genera problemas de identificación del vehículo, afectando a terceros en eventuales siniestros de tránsito; entorpece la fiscalización, especialmente cuando se realiza por medios electrónicos, como cámaras o fotorradares; y es aprovechada indebidamente por quienes abusan de esta práctica para evitar el cobro del TAG. Haremos todo para que esto no siga ocurriendo”, agregó.

 

 

 

 

 

¿En qué consiste esta nueva ley?

 

 

 

 

 

Para reducir la circulación de vehículos sin patente, el proyecto establece adicionalmente, la obligación de las comercializadoras de entregar los vehículos con la placa patente instalada. Quienes incumplan la obligación serán sancionadas con una multa de 10 a 50 UTM.

 

 

 

 

 

Asimismo, se aumenta la sanción (de grave a gravísima) para las y los conductores que transiten con vehículos que no cuenten con su distintivo identificatorio, lo que implica elevar las multas asociadas y, eventualmente, la suspensión de la licencia de conducir.

 

 

 

 

 

Finalmente, este proyecto considera la realidad de la masiva comercialización de motocicletas de baja cilindrada en nuestro país sin haber pasado por el proceso de homologación ni contar con revisión técnica, las que se encuentran circulando sin ninguna prueba de seguridad. Por lo anterior, se establece un periodo de gracia de 12 meses para su regularización.

 

 

 

 

 

Lo anterior abre la posibilidad de que la homologación se realice durante dicho período (12 meses), no sólo en el 3CV sino que también en plantas de revisión técnica. Esto aplica sólo respecto a motos pequeñas que no han sido homologadas, excluyendo a las que ya están homologadas y que cuentan con su patente.

 

 

 

 

 

“Esto, sin embargo, no obstaría la labor de fiscalización que ha liderado nuestro Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y que se centra en los permisos de circulación. Por tanto, todos los vehículos que circulen sin esta documentación -entre las que se encuentran estas motocicletas no homologadas- seguirán siendo retiradas, para seguir con nuestros esfuerzos de que tengamos calles más protegidas”, concluyó el ministro Juan Carlos Muñoz.

 

 

 

 

 

 

 

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